Qué certifica cada documento
| Cédula de habitabilidad | Certificado energético | |
|---|---|---|
| Qué certifica | Que la vivienda cumple los requisitos mínimos de habitabilidad (superficie, ventilación, instalaciones) | La eficiencia energética del inmueble, con una calificación de la A a la G |
| Normativa | Decreto 145/1997 (Baleares) | Real Decreto 390/2021 (estatal) |
| Organismo | Consell Insular de Mallorca | Registro de certificados energéticos del Govern Balear |
| Vigencia | 10 años | 10 años |
| Obligatorio para | Alquiler, alta de suministros, empadronamiento, alquiler turístico | Venta, alquiler (anuncio y contrato), obra nueva |
Por qué se confunden tan a menudo
La confusión viene de que ambos documentos:
- Requieren una visita técnica al inmueble por parte de un profesional cualificado
- Tienen la misma vigencia de 10 años
- Se solicitan en el mismo tipo de operaciones inmobiliarias (venta, alquiler)
- Los tramitan a menudo el mismo tipo de profesional — un arquitecto técnico
Pero certifican cosas completamente distintas. La cédula de habitabilidad certifica que la vivienda es apta para ser habitada: que tiene la superficie mínima, ventilación, agua corriente, evacuación de aguas y las instalaciones básicas en condiciones. El certificado de eficiencia energética certifica cuánta energía consume el inmueble y le asigna una letra, de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente).
Cuándo necesita cada uno
Solo cédula de habitabilidad
Para dar de alta los suministros de agua y electricidad, para empadronarse, y para el alquiler turístico (ETV) en Mallorca, la compañía suministradora o el ayuntamiento le pedirán la cédula, no el certificado energético.
Solo certificado energético
Para publicar un anuncio de venta o alquiler en un portal inmobiliario, la ley obliga a incluir la calificación energética. Si no la tiene, no puede anunciar legalmente el inmueble, aunque tenga la cédula en regla.
Ambos documentos
Para escriturar una compraventa ante notario, necesitará los dos: la cédula de habitabilidad (o su equivalente en el caso de otras comunidades) y el certificado energético. Es habitual que las notarías y las agencias inmobiliarias soliciten ambos desde el primer momento para evitar retrasos en la firma.
¿Puede tener uno caducado y el otro vigente?
Sí, es habitual. Al no estar sincronizados sus plazos de emisión, es normal que un inmueble tenga la cédula vigente pero el certificado energético caducado, o al revés. Si tiene dudas sobre el estado de cualquiera de los dos documentos de su inmueble, podemos comprobarlo sin coste antes de pedirle ningún presupuesto.