Primera Ocupación 14 de julio de 2026 6 min de lectura

Paso a paso: cómo tramitar la cédula de primera ocupación en Mallorca

La cédula de primera ocupación es el documento que acredita que una vivienda de nueva construcción o resultado de una reforma integral cumple los requisitos de habitabilidad exigidos por el Decreto 145/1997. Es el primer paso para poder habitar legalmente un inmueble recién construido o reformado, contratar suministros y obtener el empadronamiento.

¿Cuándo es necesaria la cédula de primera ocupación?

La cédula de primera ocupación es el trámite correcto en los siguientes casos:

  • Obra nueva finalizada: cuando se ha construido una vivienda de cero con licencia de obras y el proceso ha concluido con el certificado final de obras.
  • Reforma integral con cambio de distribución significativo: reformas que modifican la estructura o la distribución de la vivienda de forma relevante y que requirieron licencia de obras municipal.
  • Ampliación de superficie habitable: cuando se amplía la superficie útil de la vivienda mediante obras con licencia.
  • Conversión de local a vivienda con licencia de cambio de uso: cuando un local comercial obtiene licencia municipal de cambio de uso y se rehabilita para uso residencial.

Diferencia entre primera ocupación, renovación y carencia

  • Primera ocupación: el inmueble nunca tuvo cédula porque es nuevo (obra nueva o reforma integral). Es la primera vez que se certifica la habitabilidad.
  • Renovación: el inmueble ya tuvo cédula, que ha caducado. Se actualiza el expediente existente.
  • Carencia: el inmueble existe desde antes de 1987 pero nunca tuvo cédula registrada. Se regulariza sin obra ni licencia nueva.

Documentación necesaria

Para tramitar la cédula de primera ocupación en Mallorca es necesario disponer de:

  • Proyecto de obras visado por arquitecto o aparejador
  • Licencia de obras concedida por el ayuntamiento del municipio
  • Certificado final de obras emitido por el arquitecto director de obra
  • Libro del edificio (si aplica, según la tipología del inmueble)
  • Escritura de propiedad o nota simple registral
  • Seguro de responsabilidad decenal (para obra nueva destinada a la venta)
Consejo práctico: Tenga preparados estos documentos antes de la visita técnica. Si alguno no está disponible, infórmenos al hacer la consulta inicial y evaluamos cómo proceder en su caso concreto.

El proceso paso a paso

1. Consulta inicial y verificación del tipo de cédula

Confirmamos que su caso corresponde a primera ocupación y le indicamos exactamente qué documentación necesita. Presupuesto cerrado en menos de 24 horas.

2. Revisión previa de la documentación

Revisamos el proyecto, la licencia y el certificado final de obras antes de la visita técnica. Esto nos permite anticipar posibles incidencias.

3. Visita técnica al inmueble

El arquitecto técnico visita el inmueble para verificar que lo ejecutado en obra corresponde a lo proyectado y que cumple los requisitos mínimos de habitabilidad del Decreto 145/1997. La visita se programa en 2-3 días desde la aceptación.

4. Certificado técnico y preparación del expediente

Emitimos el certificado técnico de habitabilidad firmado digitalmente y preparamos el expediente completo para la presentación ante el Consell Insular de Mallorca.

5. Presentación ante el Consell y seguimiento hasta la resolución

Presentamos el expediente, abonamos las tasas administrativas (incluidas en el precio) y realizamos el seguimiento hasta que el Consell emite la cédula oficial, que le entregamos en formato digital.

¿Cuánto tarda?

Nuestra parte del proceso se completa en menos de una semana. El Consell Insular de Mallorca resuelve habitualmente en 2 a 6 semanas para expedientes de primera ocupación.

Importante: No se pueden contratar los suministros de agua, luz o gas hasta tener la cédula de primera ocupación. Planifique el inicio del proceso con suficiente antelación respecto a la fecha prevista de entrega de llaves o de mudanza.

¿Cuánto cuesta?

El servicio de cédula de primera ocupación en CertiHabit empieza desde 189€+IVA con tasas del Consell Insular incluidas. El precio final puede variar según el tamaño y la complejidad del inmueble. Se facilita presupuesto cerrado antes de iniciar el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Puedo empezar a vivir en la vivienda antes de tener la cédula de primera ocupación? +
No es recomendable. Sin la cédula no puede contratar los suministros de agua, luz y gas a nombre de la vivienda, ni empadronarse. En la práctica, la vivienda no puede habitarse legalmente hasta disponer de ella.
¿Qué pasa si ya hice la reforma hace años y nunca tramité la cédula de primera ocupación? +
Depende de las características de la reforma y de cuándo se realizó. Si la reforma fue anterior a 1987, podría aplicar la cédula por carencia. Si fue posterior, necesitamos analizar la situación concreta. Consúltenos sin compromiso.
¿La cédula de primera ocupación la tramita el constructor o el propietario? +
Es responsabilidad del promotor o propietario tramitar la cédula. Nosotros gestionamos todo el proceso —incluyendo la visita técnica y la presentación ante el Consell— sin que el propietario tenga que realizar ninguna gestión adicional.
¿Cuánto tiempo antes de la entrega de llaves debo iniciar el proceso? +
Recomendamos iniciarlo en cuanto se tenga el certificado final de obras. El proceso completo (nuestra parte más el Consell) tarda entre 3 y 7 semanas. Así se evita retrasar la entrega de llaves o la contratación de suministros.
¿Es obligatorio el seguro decenal para tramitar la cédula de primera ocupación? +
El seguro decenal es obligatorio para viviendas de nueva construcción destinadas a la venta (Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación). Para autopromoción de vivienda propia puede no ser exigible. El arquitecto director de obra le indicará si aplica en su caso concreto.
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